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Ley
REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional
Artículo
48

Artículo 48 del REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Dirección y Rectoría (que son los jefes del instituto) tiene que crear los cursos y estudios que hagan falta para que los sistemas de Educación y Adiestramiento funcionen bien. Esto quiere decir que ellos deben analizar qué se necesita y luego organizar los programas de enseñanza correspondientes. Así se aseguran de que tanto alumnos como trabajadores reciban la capacitación que requieren en cada momento.

Texto oficial

ARTÍCULO 48.- La Dirección y Rectoría implementará los estudios y cursos que se requieran para satisfacer las necesidades de los sistemas Educativo y de Adiestramiento.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional (pág. 13) ↗

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