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Artículo 63 del REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Después de evaluar cómo va la escuela o el instituto, la Secretaría y los directivos darán instrucciones claras (directivas) para cumplir las metas que ya estaban planeadas y para que todo el sistema educativo funcione mejor y más rápido. Los directores de las escuelas y los jefes de curso son los encargados de poner en práctica esas instrucciones. En pocas palabras, los jefes grandes dicen cómo hacerlo, y los directores y jefes de curso lo ejecutan.

Texto oficial

ARTÍCULO 63.- Como resultado de la evaluación institucional, la Secretaría y la Dirección y Rectoría girarán las directivas para alcanzar los objetivos específicos y las metas, previstas en la Planeación Institucional y para hacer eficiente la administración y conducción del proceso educativo. Las personas titulares de las Direcciones de las Instituciones Educativas y Jefaturas de Curso aplicarán las directivas a que se refiere el párrafo precedente. Párrafo reformado DOF 20-03-2026

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

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