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Artículo 95 del REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que los directores de las escuelas militares y los jefes de curso son los encargados de todo lo relacionado con la enseñanza, la disciplina y el papeleo en su escuela. Ellos tienen la facultad de representar a la escuela ante otras personas, elegir a algunos empleados que no haya nombrado la Secretaría, y sugerir quién debe dar clases. También deben asegurarse de que se sigan todas las reglas educativas y los planes de estudio, y verificar que todo el trabajo se haga de manera eficiente. Para poder hacer todo esto, los directores y jefes de curso cuentan con la ayuda del subdirector y del personal que tienen a su cargo.

Texto oficial

ARTÍCULO 95.- Las personas titulares de las Instituciones Educativas y de las Jefaturas de Curso son las autoridades responsables de dirigir las actividades académicas, disciplinarias y administrativas, y tendrán entre otras, las atribuciones siguientes: Párrafo reformado DOF 20-03-2026 I. Representar a la Institución Educativa o Jefatura de Curso; II. Designar al personal de la Institución Educativa o Jefatura de Curso, que no haya sido nombrado por la Secretaría; III. Proponer a la Dirección y Rectoría el nombramiento o contratación del personal docente civil y la asignación del personal docente militar, para la impartición de las diversas asignaturas; Fracción reformada DOF 01-02-2023 IV. Disponer las medidas conducentes para el cumplimiento de la normatividad educativa; de los planes y programas de estudio y de apoyo educativo y de trabajo y, en general, de las disposiciones, políticas y directivas que normen la estructura y funcionamiento de la Institución Educativa o Jefatura de Curso respectiva, y V. Supervisar que en la Institución Educativa o Jefatura de Curso se desarrollen las labores educativas eficazmente, de conformidad con la Ley, el presente Reglamento, y su propia reglamentación. Para el cumplimiento de sus atribuciones se auxiliarán de la persona titular de la Subdirección y del personal a su mando. Párrafo reformado DOF 20-03-2026 REGLAMENTO DE LA LEY DE EDUCACIÓN MILITAR DEL EJÉRCITO, FUERZA AÉREA Y GUARDIA NACIONAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 20-03-2026 25 de 47

Ver ley oficial en el DOF (pág. 24) ↗

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