Artículo 97 del REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las escuelas y los jefes de cada grupo tienen que hacer varios documentos para llevar un buen control de cómo va el aprendizaje. Estos documentos deben seguir las reglas que pongan la Dirección y la Rectoría. Los documentos incluyen un calendario propio de la escuela, un plan de trabajo, un plan de coordinación, una distribución del tiempo, un horario de clases, una lista de actividades académicas y un reporte de cómo va el avance del programa. Todo esto sirve para organizar bien las clases y asegurarse de que los alumnos aprendan lo necesario.
Texto oficial
ARTÍCULO 97.- Las Instituciones Educativas y las Jefaturas de Curso, para el control del proceso enseñanza-aprendizaje, de conformidad con los lineamientos establecidos por la Dirección y Rectoría, deberán elaborar: I. Calendario particular; II. Plan de trabajo; III. Plan de coordinación; IV. Distribución de tiempo; V. Horario de clase; VI. Distribución de actividades académicas, y VII. Avance programático.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.