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Artículo 99 del REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 99 dice que las escuelas y los jefes de grupo van a tener dos áreas: una académica y otra pedagógica. El área académica se encarga de aplicar, checar y vigilar los programas que se llevan a cabo durante el curso. El área pedagógica revisa los resultados que le da el área académica y, con base en eso, sugiere cambios o ajustes que le tocan hacer. En pocas palabras, una área pone en marcha las actividades y la otra evalúa cómo salieron para mejorar.

Texto oficial

ARTÍCULO 99.- Las Instituciones Educativas y las Jefaturas de Curso tendrán las secciones Académica y Pedagógica. La Sección Académica será responsable de la aplicación, control y supervisión de los programas que se realicen durante la etapa de ejecución. La Sección Pedagógica será responsable de valorar los resultados obtenidos y proporcionados por la Sección Académica, para proponer las adecuaciones de su competencia.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 25) ↗

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