Artículo 12 del REGLAMENTO de la Ley de Educación Naval
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las faltas de los estudiantes de la Armada se dividen en dos tipos: leves o graves, según lo que dice la Ley de Disciplina. Cada falta se castiga siguiendo las reglas del plantel naval donde estudien y otras leyes aplicables. Si la falta parece ser un delito, se avisará a las autoridades que investigan delitos. Quienes aplican los castigos deben explicar por escrito y con razones claras los cargos y todas sus decisiones, hasta resolver cualquier queja que presente el estudiante.
Texto oficial
Artículo 12.- Las faltas en que incurren los Discentes se clasifican en leves y graves, en términos de la Ley de Disciplina para el Personal de la Armada de México, las cuales serán sancionadas conforme al Reglamento del Establecimiento Educativo Naval, en el que se encuentren cursando sus estudios y demás disposiciones jurídicas aplicables. En caso de que la falta haga presumir la probable comisión de un delito, se hará del conocimiento de la autoridad competente. Los órganos de disciplina deberán fundamentar y motivar debidamente los cargos y todas sus actuaciones, hasta emitir la determinación correspondiente, y sustanciar el recurso de inconformidad, observando en todo momento dicha fundamentación y motivación.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.