Artículo 2 del REGLAMENTO de la Ley de Educación Naval
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que la Autoridad Educativa Naval es la encargada de hacer cumplir este reglamento, pero no lo hace sola. La Rectoría de la Universidad Naval es la que supervisa que todo se cumpla, y a su vez, los directores de las escuelas navales son los que se aseguran de que las reglas se sigan en cada plantel.
Texto oficial
Artículo 2.- La aplicación de este Reglamento corresponde a la Autoridad Educativa Naval, misma que lo ejercerá por conducto de la Rectoría de la Universidad Naval, quien supervisará el cumplimiento de las disposiciones contenidas en este ordenamiento, a través de las Direcciones de los Establecimientos Educativos Navales.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.