Artículo 61 del REGLAMENTO de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
En Petróleos Mexicanos (Pemex), hay un equipo especial llamado la Unidad de Responsabilidades, que se encarga de revisar los casos donde alguien pudo haber cometido una falta administrativa (como no cumplir con sus deberes o usar mal los recursos). Esta unidad la dirige una persona que elige la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, y cuenta con dos áreas de apoyo: una para recibir e investigar denuncias y otra para decidir sobre las responsabilidades. La Secretaría puede cambiar la forma en que se organiza este equipo, siempre que respete las reglas de personal, sueldos y ahorro de Pemex. Los jefes de estas áreas tienen los mismos poderes que otros encargados de control interno, según varias leyes importantes del gobierno federal.
Texto oficial
Artículo 61. Para efectos de lo establecido en el artículo 93 de la Ley, en materia de responsabilidades administrativas se debe estar a lo siguiente: I. La Unidad de Responsabilidades en Petróleos Mexicanos está a cargo de la persona titular designada por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno quien, para la tramitación, desahogo y resolución de los asuntos de su competencia, se auxilia de las áreas siguientes: a) Denuncias e investigaciones, y b) Responsabilidades. La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno puede determinar una organización diversa a la prevista en esta fracción, acorde a las políticas en recursos humanos, de remuneraciones y de austeridad de Petróleos Mexicanos, y II. Las personas titulares de la Unidad de Responsabilidades en Petróleos Mexicanos y de las áreas a que se refiere la fracción anterior tienen las atribuciones que la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley General de Responsabilidades Administrativas, el Reglamento Interior de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno y demás disposiciones aplicables, otorgan a las personas titulares de los órganos internos de control y a las áreas de denuncias e investigaciones y de responsabilidades. REGLAMENTO DE LA LEY DE LA EMPRESA PÚBLICA DEL ESTADO, PETRÓLEOS MEXICANOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 03-12-2025 13 de 16
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