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Artículo 63 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para exportar ciertos productos mencionados en esta ley, necesitas conseguir primero los permisos de importación del país al que quieres enviarlos. También debes tramitar autorizaciones para que los productos pasen por otros países, si es necesario. Ambos documentos deben estar certificados por un cónsul mexicano en esos lugares. Luego tienes que presentar esa documentación a las autoridades mexicanas. En pocas palabras, es un requisito para asegurar que todo esté en regla antes de exportar.

Texto oficial

ARTICULO 63.- Para los efectos del artículo 56 de la Ley, los interesados deberán presentar los permisos de importación de los Gobiernos de países a donde se pretenda exportar los efectos referidos en este capítulo, así como las autorizaciones de su tránsito por otros países, en su caso, debidamente certificadas por los Cónsules respectivos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.