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Artículo 57 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Competencia Económica

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo explica cómo funciona el proceso de revisión antes de que se publique una licitación pública. La empresa o dependencia que organiza la licitación (la "convocante") debe entregar ciertos documentos a la Comisión, por lo menos 30 días hábiles antes de anunciar la convocatoria. La Comisión puede pedir más papeles o aclaraciones en un lapso de 10 días después de recibir la información. Luego, en un máximo de 15 días, la Comisión decide qué reglas o medidas antimonopolio se deben incluir en la licitación. Finalmente, la Comisión acuerda con la convocante las fechas para que los interesados opinen y para que ella dé su respuesta final.

Texto oficial

ARTÍCULO 57.- Para efectos de los artículos 24, fracción XVI, y 33 bis 1 de la Ley, se estará a lo siguiente: I. La convocante de la licitación o concurso debe enviar a la oficialía de partes de la Comisión, con un mínimo de treinta días hábiles previos a la fecha de publicación de la convocatoria, la información a que hace referencia el penúltimo párrafo del artículo 33 bis 1 de la Ley; II. La Comisión podrá solicitar a la convocante o licitante los documentos o información faltante o relevante, para llevar a cabo el análisis correspondiente, en un plazo de diez días contados a partir de la presentación de la información en términos de la fracción anterior; III. Dentro de los quince días siguientes a la presentación de la información señalada en las fracciones anteriores, según sea el caso, la Comisión debe resolver sobre las medidas de protección a la competencia que deban incluirse en la convocatoria, bases y sus anexos, y demás documentos de la licitación, y IV. La Comisión debe acordar con la convocante las fechas en que los interesados deban presentar sus solicitudes de opinión, y en la que la Comisión notificará su resolución.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 21) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.