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Artículo 9 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Correduría Pública

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si quieres presentar el examen para ser corredor público, tienes que entregar tu solicitud directo en la Secretaría de Economía o a través del colegio de corredores de tu localidad. En ese documento tienes que firmar y declarar, bajo protesta de decir verdad, que todo lo que escribiste es cierto y que nunca has sido condenado por un delito grave que haya terminado en sentencia firme. Además, debes incluir tu acta de nacimiento o un comprobante de que eres mexicano, tu título y cédula de licenciado en Derecho, y una constancia de que trabajaste al menos dos años en una correduría o notaría. También necesitas entregar tu currículum y, si tu CURP no viene en tu cédula profesional, agregar una constancia con ese dato.

Texto oficial

ARTICULO 9o.- Para la realización del examen de aspirante deberá presentarse directamente ante la Secretaría, o a través del colegio de corredores local, la solicitud respectiva debidamente cumplimentada y firmada, en la cual se declare bajo protesta de decir verdad que los datos contenidos en ella son ciertos y que el firmante nunca ha sido condenado mediante sentencia ejecutoriada por delito intencional que merezca pena corporal, acompañada de la siguiente documentación: I.- Acta de nacimiento o comprobante de nacionalidad mexicana; II.- Título profesional de licenciado en derecho, así como la cédula respectiva; III.- Constancia de haber realizado práctica profesional durante dos años en correduría pública o notaría, por lo menos; Fracción reformada DOF 26-11-2012 IV.- Curriculum vitae, y Fracción reformada DOF 26-11-2012 V.- En caso de que la Clave Única de Registro de Población (CURP) no se encuentre asentada en la cédula mencionada en la fracción II del presente artículo, deberá anexarse a la solicitud la constancia que contenga la CURP. Fracción adicionada DOF 26-11-2012

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.