Artículo 104 del REGLAMENTO de la Ley Federal del Derecho de Autor
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 104 dice que la forma en que se organizan y distribuyen las tareas las oficinas del Instituto (el INDAUTOR, que protege los derechos de autor) no está escrita en esta ley, sino que se definirá en su Reglamento Interior. Piensa que el Reglamento Interior es como el manual de operación del Instituto, donde se especifica qué área hace cada cosa. En pocas palabras, aquí solo te avisan que los detalles de cómo funciona el Instituto por dentro los vas a encontrar en ese reglamento, no en este artículo.
Texto oficial
Artículo 104.- La adscripción y organización interna de las unidades administrativas del Instituto, así como la distribución de atribuciones previstas en la Ley, se establecerán en su Reglamento Interior. REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DEL DERECHO DE AUTOR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-09-2005 22 de 36
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