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Artículo 126 del REGLAMENTO de la Ley Federal del Derecho de Autor

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 126 dice que ciertas reglas sobre derechos de autor (las de los artículos 198 y 200, segundo párrafo) aplican de la misma forma para mexicanos y extranjeros, pero solo si ese país extranjero también protege los derechos de los mexicanos. Eso se llama "reciprocidad". Sin embargo, esto no anula lo que dicen los artículos 7 y 8 de la misma ley, que son más importantes y protegen tus derechos básicos. En resumen, primero se aplican las reglas generales de los artículos 7 y 8, y luego, si aplica, la reciprocidad de los otros artículos.

Texto oficial

Artículo 126.- Lo dispuesto por los artículos 198 y 200, segundo párrafo, de la Ley, en relación con el principio de reciprocidad, será aplicable sin perjuicio de lo establecido por los artículos 7 y 8 de la propia Ley. REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DEL DERECHO DE AUTOR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-09-2005 26 de 36

Ver ley oficial en el DOF (pág. 25) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.