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Ley
REGLAMENTO de la Ley Federal del Derecho de Autor
Artículo
81

Artículo 81 del REGLAMENTO de la Ley Federal del Derecho de Autor

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando alguien pide al Instituto que anule o cancele un registro, el Instituto le avisa a la persona afectada (el titular). Esa persona tiene 15 días para responder por escrito, defenderse, poner excusas válidas y presentar pruebas a su favor. El aviso se envía al domicilio que haya dado en su solicitud o al último que haya reportado, según lo que esté en el expediente.

Texto oficial

Artículo 81.- Admitida la solicitud de declaración administrativa de nulidad o cancelación, el Instituto notificará al titular afectado, concediéndole un plazo de 15 días para que manifieste por escrito lo que a su derecho convenga, oponga excepciones y defensas y presente pruebas. REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DEL DERECHO DE AUTOR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-09-2005 17 de 36 La notificación se realizará en el domicilio indicado en la solicitud de reserva respectiva o en el último que se haya manifestado, según constancia que exista en el expediente.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Federal del Derecho de Autor (pág. 16) ↗

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