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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LFDA/86
Ley
REGLAMENTO de la Ley Federal del Derecho de Autor
Artículo
86

Artículo 86 del REGLAMENTO de la Ley Federal del Derecho de Autor

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto es la única autoridad en México que puede asignar el ISBN (el código de barras único para libros) y el ISSN (el código único para revistas o publicaciones periódicas). Esto lo hace porque así lo establece otra parte de la Ley. En pocas palabras, si quieres registrar un libro o una revista con su número oficial, tienes que acudir a este Instituto.

Texto oficial

Artículo 86.- El Instituto es el encargado de otorgar en México el Número Internacional Normalizado del Libro y el Número Internacional Normalizado para Publicaciones Periódicas a que se refiere la fracción IV del Artículo 53 de la Ley.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Federal del Derecho de Autor (pág. 17) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.