Artículo 14 del REGLAMENTO de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si el presidente del país o alguna dependencia del gobierno elige a la persona que va a dirigir una empresa del gobierno (como Petróleos Mexicanos o la Comisión Federal de Electricidad), esa persona debe cumplir con lo siguiente: tener al menos 5 años de experiencia tomando decisiones importantes en puestos altos, no ser dueño de acciones ni tener intereses personales o de su familia en negocios que tengan que ver con la empresa que va a dirigir, y no tener otro trabajo público o privado que le estorbe para hacer bien su labor.
Texto oficial
ARTICULO 14.- Cuando el nombramiento del titular de una entidad paraestatal corresponda al Ejecutivo Federal o a sus dependencias, la persona en quien recaiga dicho nombramiento, deberá: I. Reunir los requisitos a que se refieren las fracciones I y III del artículo 21 de la Ley; II. Tener una experiencia no menor de 5 años en el desempeño de cargos de alto nivel decisorio; III. No tener participación accionaria o intereses particulares o familiares, en empresas relacionadas con las operaciones de la entidad de que se trate, y IV. No desempeñar algún otro empleo, cargo o comisión oficial o particular que de alguna manera obstaculice su función.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.