Artículo 133 del REGLAMENTO de la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 133 dice que antes de aprobar un proyecto de desarrollo, se debe presentar un plan financiero completo que muestre que el proyecto puede mantenerse económicamente durante todo el tiempo que dure. Para eso, hay que incluir: calculos de cuánto dinero entra y sale (como ingresos y gastos), los supuestos y estudios en los que se basan esos números, de dónde saldrán los recursos para pagar lo que se debe, y pruebas de que el proyecto aguanta cambios como subidas en la inflación o en los costos. También se tiene que demostrar que este esquema de participación mixta es más barato y eficiente que hacerlo todo con dinero del gobierno.
Texto oficial
Artículo 133. El Proyecto para el desarrollo con bienestar, deberá presentar un modelo financiero integral que demuestre la sostenibilidad financiera del mismo durante toda su vigencia, para lo cual deberá considerarse al menos: I. Flujo de efectivo: proyecciones de ingresos, gastos, costos y demás variables relevantes que permitan identificar la evolución financiera del Proyecto durante la vigencia del título, contrato, asignación o instrumento jurídico que corresponda, o bien durante el horizonte de evaluación aplicable; II. Supuestos utilizados, así como estudios que se utilizaron para desarrollar el Modelo financiero integral; III. Identificación clara de las fuentes de recursos para cubrir las contraprestaciones y sus aplicaciones; IV. Pruebas de estrés que demuestren que el proyecto sigue siendo viable ante variaciones en tasas de interés, inflación, tipo de cambio, así como incrementos en los costos de operación y mantenimiento y cualquier otro factor de riesgo que pudiera afectar la viabilidad del proyecto, y V. Demostración técnica de que el esquema de participación mixta resulta financieramente más eficiente que la ejecución de obra pública tradicional, considerando el costo de financiamiento y la transferencia de riesgos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.