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Artículo 158 del REGLAMENTO de la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si quieres pedir ayuda técnica de organismos internacionales, necesitas cumplir con estos requisitos: primero, explicar bien tu proyecto, incluyendo de qué sector es, en qué etapa está y qué apoyo necesitas. Segundo, demostrar que tu estado o municipio tiene la capacidad para manejar esa ayuda y aplicar lo que aprenda. Tercero, asegurar por escrito que cuentas con los permisos de la Ley de Disciplina Financiera para pagar los costos que pueda generar la asistencia. Y cuarto, cumplir con cualquier otro requisito que pida el organismo multilateral según sus propias reglas.

Texto oficial

Artículo 158. Para acceder a la asistencia técnica de los organismos multilaterales, los Interesados deben considerar, al menos, los siguientes requisitos: I. Descripción del Proyecto para el que se solicita la asistencia técnica, con indicación de su sector, etapa de desarrollo y necesidades específicas de apoyo; II. Acreditación de la capacidad institucional de la Entidad Federativa o Municipio para gestionar la asistencia técnica solicitada y para implementar sus resultados; III. Manifestación expresa de que la Entidad Federativa o Municipio cuenta con las autorizaciones necesarias en términos de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, para asumir con cargo a sus recursos los costos que, en su caso, genere la asistencia técnica del organismo multilateral, y IV. Los demás requisitos que establezcan los organismos multilaterales de que se trate conforme a sus propias políticas y procedimientos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 53) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.