Artículo 20 del REGLAMENTO de la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los VPE son como "cajitas" de dinero del gobierno que se usan para proyectos sociales. Este artículo dice que esas cajitas públicas solo pueden soltar dinero si antes se comprueba que realmente se necesita, de acuerdo a los compromisos de pago y al avance del proyecto. El encargado de revisar y dar el visto bueno es el administrador o un grupo de expertos que manejan esa cajita. Sin su autorización, no se puede usar el dinero.
Texto oficial
Artículo 20. Los VPE de carácter público solo podrán realizar desembolsos, con cargo a sus disponibilidades de recursos propios o de financiamientos o ambos, en los casos en que previamente se haya acreditado el requerimiento conforme a los compromisos financieros y el avance del Proyecto para el desarrollo con bienestar en cuestión. El administrador u órgano colegiado especializado a cargo de los VPE de carácter público será el responsable de revisar y validar el requerimiento al que se refiere este artículo y, en su caso, proceder a autorizar la disponibilidad de recursos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.