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Artículo 202 del REGLAMENTO de la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando termina el acto de abrir las propuestas de los participantes en una licitación, se tiene que hacer un documento oficial (llamado acta) donde se anoten varios datos. Debe decir la fecha, el lugar y la hora exacta del evento, además del nombre de la persona del gobierno que lo dirigió. También se anotan los nombres de todos los que presentaron propuestas y el monto total que ofreció cada uno. Por último, se registra cuándo y dónde se va a anunciar quién ganó la licitación, y si alguien hizo algún comentario o pasó algo importante, también se pone por escrito.

Texto oficial

Artículo 202. Al concluir el acto de presentación y apertura de proposiciones se levantará un acta en la que se hará constar como mínimo lo siguiente: I. Fecha, lugar y hora en que se llevó a cabo el acto; II. Nombre de la persona servidora pública encargada de presidir el acto; III. Nombre de los licitantes e importe total de cada proposición; IV. Lugar, fecha y hora en que se dará a conocer el fallo de la licitación pública, y V. En su caso, hechos relevantes y manifestaciones a que haya lugar. CAPÍTULO V DE LA VALORACIÓN DE LAS PROPUESTAS DEL FALLO PARA LA ADJUDICACIÓN

Ver ley oficial en el DOF (pág. 66) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.