Artículo 201 del REGLAMENTO de la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El sobre cerrado con tu oferta para la licitación lo tienes que entregar tal y como lo pide la convocatoria (por ejemplo, en un formato o por algún medio específico). La presentación y apertura de esas ofertas la va a encabezar el jefe del área que está haciendo la contratación, o alguien que él nombre. Esa persona es la única que puede tomar decisiones durante todo el evento, como resolver dudas o aceptar o rechazar documentos.
Texto oficial
Artículo 201. El sobre cerrado que contenga la proposición de los licitantes deberá entregarse en la forma y medios que prevea la convocatoria a la licitación pública. El acto de presentación y apertura de proposiciones será presidido por el titular del área responsable de la contratación o por el servidor público que éste designe, quien será el único facultado para tomar todas las decisiones durante la realización del acto.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.