Artículo 248 del REGLAMENTO de la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 248 dice que los contratos importantes de inversión deben incluir una regla clara: la empresa que firma el contrato (ya sea el Contratista, el Desarrollador o el Proveedor) es la única responsable de conseguir el dinero necesario o más práctico para llevar a cabo los proyectos que ya fueron aprobados. Esto significa que esa empresa no puede echarle la culpa a otra persona si no consigue los recursos económicos. El que contrata sus servicios (llamado Interesado contratante) no tiene que preocuparse por conseguir el financiamiento, porque eso es trabajo exclusivo de la empresa con la que firmó.
Texto oficial
Artículo 248. Los contratos de inversión estratégica deberán establecer que los Contratistas, Desarrolladores o Proveedores serán los únicos responsables frente a los Interesados contratantes de implementar los esquemas de fondeo que resulten necesarios o convenientes para la ejecución de los Proyectos Procedentes.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.