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Artículo 51 del REGLAMENTO de la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Un contrato de largo plazo debe incluir por lo menos estos diez puntos: primero, una descripción clara de qué se va a hacer, hasta dónde llega y cuánto tiempo dura. Segundo, cómo se reparten los riesgos entre las partes, siguiendo lo que dice la Ley y la Matriz de Riesgos que ya aprobó un comité. Tercero, si aplica, cómo se va a financiar el proyecto. Cuarto, de dónde va a salir el dinero para pagar y cómo se van a hacer los pagos. También debe tener reglas para supervisar, auditar y que rindan cuentas, la obligación de juntar la información financiera con la del gobierno, las condiciones de la garantía, las multas por incumplimiento, las razones para cancelar el contrato antes de tiempo y los pagos que se harían si eso pasa.

Texto oficial

Artículo 51. El contrato de largo plazo deberá contener al menos: I. La descripción precisa del objeto, alcance y duración del Proyecto para el desarrollo con bienestar; II. La distribución de riesgos entre las partes, conforme al artículo 32 de la Ley y a la Matriz de Riesgos aprobada por el Comité de Análisis de Riesgos; III. En su caso, el esquema de financiamiento asociado al Proyecto para el desarrollo con bienestar, en términos de la Ley y demás disposiciones aplicables; IV. Fuentes de pago y esquemas de contraprestación; V. Las cláusulas de supervisión, auditoría y rendición de cuentas; VI. La obligación de consolidar la información financiera en los estados del ente público, conforme a las normas aplicables a la contabilidad gubernamental; VII. La garantía y sus condiciones; VIII. Penalizaciones; IX. Causas de terminación anticipada, rescisión y revocación, y X. Pagos por terminación anticipada.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 18) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.