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Ley
REGLAMENTO de la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar
Artículo
95

Artículo 95 del REGLAMENTO de la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo aplica solo a proyectos nuevos del programa "Desarrollo con Bienestar" que están empezando desde cero. En lugar de entregar todos los papeles completos, solo necesitan comprobar dos cosas: que el proyecto no viole ninguna ley y un cálculo estimado de cuánto dinero se va a necesitar para echarlo a andar. Es como cuando vas a iniciar un negocio chico y primero solo te piden el permiso legal y un presupuesto, no todos los detalles finos.

Texto oficial

Artículo 95. Aquellos Proyectos para el Desarrollo con Bienestar, que se encuentran en etapa inicial, solamente deberán acreditar la viabilidad jurídica y las estimaciones económicas y financieras, de los recursos que se requieren para el desarrollo del mismo. TÍTULO SEXTO DEL PROCEDIMIENTO DE ELEGIBILIDAD Y PROCEDENCIA E INCORPORACIÓN CAPÍTULO I DEL PROCEDIMIENTO EN GENERAL

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar (pág. 35) ↗

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