Artículo 33 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Juegos y Sorteos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 33 habla de cuánto tiempo duran los permisos que da la Secretaría para operar juegos con apuestas y sorteos. Por ejemplo, los permisos para hipódromos, galgódromos (lugares de carreras de perros) o salas de sorteos duran mínimo 1 año y máximo 15 años, y se pueden renovar hasta por otros 15 si cumples con todo. Los permisos para eventos temporales como ferias o peleas de gallos duran máximo 28 días o lo que dure la temporada. Para sorteos de comercialización, el permiso dura el tiempo necesario para entregar el premio. Y para sorteos con o sin boletos, el permiso máximo es de 1 año.
Texto oficial
ARTÍCULO 33.- La vigencia de los permisos que otorgue la Secretaría para los juegos con apuestas y sorteos a que se refieren la Ley y este Reglamento se ajustará a lo siguiente: I. Los permisos para la apertura y operación del cruce de apuestas en hipódromos, galgódromos, frontones, centros de apuestas remotas y salas de sorteos de números o símbolos tendrán una vigencia mínima de un año y máxima de 15 años; Fracción reformada DOF 23-10-2013, 16-11-2023 REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE JUEGOS Y SORTEOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 16-11-2023 18 de 48 II. Los permisos para la apertura y operación del cruce de apuestas en ferias regionales, en peleas de gallos y en carreras de caballos en escenarios temporales, tendrán una vigencia máxima de 28 días o el equivalente a la duración de la temporada autorizada; III. Los permisos para la operación de sorteos en sistemas de comercialización, tendrán una vigencia igual al periodo de tiempo suficiente para asegurar la adjudicación del bien o la prestación del servicio de que se trate, y IV. Los permisos para la operación de sorteos con venta de boletos, sorteos sin venta de boletos y sorteos instantáneos, tendrán una vigencia máxima de un año. Los permisos señalados en la fracción I podrán ser prorrogados por periodos subsecuentes de hasta 15 años, siempre que los permisionarios se encuentren al corriente en el cumplimiento de todas sus obligaciones.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.