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Artículo 35 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Juegos y Sorteos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes un permiso para operar juegos con apuestas o sorteos y quieres cancelarlos o suspenderlos, necesitas pedir permiso a la Secretaría. Solo te lo darán si con eso no perjudicas a nadie más. Además, aunque te autoricen la cancelación, igual tienes que cumplir con todas las obligaciones que ya hayas generado, como pagar deudas o responder por daños.

Texto oficial

ARTÍCULO 35.- El permisionario que pretenda cancelar o de cualquier manera suspender el juego con apuestas o sorteo de que se trate, deberá obtener autorización expresa de la Secretaría, la que se otorgará siempre y cuando no se afecten derechos de terceros y sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades que se hayan generado como consecuencia de la cancelación o suspensión.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 18) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.