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Artículo 5 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Juegos y Sorteos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que no pueden entrar ni quedarse en las áreas de juegos de apuestas (como casinos) las siguientes personas: - **Menores de edad**, a menos que vayan acompañados de un adulto a un show en vivo, pero nunca podrán apostar. - Personas que traigan o estén bajo el efecto de drogas, o que estén borrachas. - Quienes lleven armas de cualquier tipo. - Policías o militares con uniforme mientras estén trabajando, a menos que sea parte de su labor. - Personas que armen desorden o molesten a los demás. - Quienes hayan hecho trampa o sean descubiertos haciéndolo. - Los que no sigan las reglas del lugar, siempre y cuando esas reglas hayan sido aprobadas por la autoridad.

Texto oficial

ARTÍCULO 5.- Se prohíbe el acceso o permanencia a las áreas de juegos con apuestas de los establecimientos, a las personas que: I. Sean menores de edad, excepto cuando en compañía de un adulto ingresen a espectáculos en vivo. En ningún caso los menores de edad podrán participar en el cruce de apuestas; II. Se encuentren en posesión o bajo la influencia de sustancias psicotrópicas o prohibidas, o en estado de ebriedad; III. Porten armas de cualquier tipo; IV. Sean miembros de instituciones policiales o militares uniformados en servicio, salvo cuando sea necesario para el cumplimiento de sus funciones públicas; V. Con su conducta alteren la tranquilidad o el orden en el establecimiento; VI. Sean o hayan sido sorprendidas haciendo trampa, y VII. No cumplan con el reglamento interno del establecimiento, previamente aprobado por la Secretaría.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.