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Ley
REGLAMENTO de la Ley Federal de Juegos y Sorteos
Artículo
7

Artículo 7 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Juegos y Sorteos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que puedas hacer, operar u organizar cualquier juego de apuestas o sorteos, primero necesitas un permiso por escrito que te dé la Secretaría de Gobernación. Los únicos juegos permitidos son los que están listados en el artículo 2 de la Ley. Todo debe hacerse siguiendo las reglas de este reglamento. En pocas palabras, sin ese permiso por escrito no puedes meterte en negocios de juegos de azar o sorteos.

Texto oficial

ARTÍCULO 7. Sólo podrán realizarse, operarse u organizarse juegos con apuestas y sorteos previstos en el artículo 2 de la Ley, previo permiso por escrito expedido por la Secretaría y conforme este reglamento. Artículo reformado DOF 16-11-2023

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Federal de Juegos y Sorteos (pág. 5) ↗

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