Artículo 7 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Juegos y Sorteos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para que puedas hacer, operar u organizar cualquier juego de apuestas o sorteos, primero necesitas un permiso por escrito que te dé la Secretaría de Gobernación. Los únicos juegos permitidos son los que están listados en el artículo 2 de la Ley. Todo debe hacerse siguiendo las reglas de este reglamento. En pocas palabras, sin ese permiso por escrito no puedes meterte en negocios de juegos de azar o sorteos.
Texto oficial
ARTÍCULO 7. Sólo podrán realizarse, operarse u organizarse juegos con apuestas y sorteos previstos en el artículo 2 de la Ley, previo permiso por escrito expedido por la Secretaría y conforme este reglamento. Artículo reformado DOF 16-11-2023
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.