Artículo 114 del REGLAMENTO de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Un comité especial va a elegir a las empresas que ganen el Premio Nacional de Calidad. Este comité lo encabeza el Secretario de Comercio, que es el jefe, y lo forman varios funcionarios como subsecretarios y directores de áreas como normas e industrias. También participan representantes de la Procuraduría del Consumidor, del Centro de Metrología y de grupos empresariales como la Concamin y la Canacintra. Por último, puede invitarse a alguien de la Fundación Mexicana para la Calidad Total, pero solo si el presidente del comité lo decide. Todos ellos se encargan de decidir quién gana el premio.
Texto oficial
ARTÍCULO 114. La selección definitiva de las empresas que recibirán el Premio Nacional de Calidad se hará por un comité el que se integrará por: I. El Secretario de Comercio y Fomento Industrial, quien lo presidirá; II. El Subsecretario de Promoción de la Industria y el Comercio Exterior; III. Por los titulares de las siguientes unidades administrativas de la Secretaría: a) Dirección General de Normas; b) Dirección General del Premio Nacional de Calidad; c) Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, y d) Dirección General de Industrias. IV. Por un representante de cada una de las siguientes entidades: a) Procuraduría Federal del Consumidor, y b) Centro Nacional de Metrología. V. Por un representante de cada uno de los siguientes organismos: REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL SOBRE METROLOGÍA Y NORMALIZACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 28-11-2012 34 de 36 a) Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos; b) Cámara Nacional de la Industria de la Transformación, y c) Confederación Nacional de Cámaras de Comercio. VI. A invitación del Presidente del Comité, un representante de la Fundación Mexicana para la Calidad Total, A.C.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.