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Ley
REGLAMENTO de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita
Artículo
2

Artículo 2 del REGLAMENTO de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría va a manejar un sistema de información sobre medidas, reglas técnicas y revisiones de productos. Ahí va a estar, entre otros datos, el Catálogo Mexicano de Normas, las listas de los grupos que crean o revisan estas normas, las organizaciones que verifican calidad, las personas o empresas certificadas por ellas, y los organismos que establecen reglas técnicas aprobados por el gobierno.

Texto oficial

ARTÍCULO 2. La Secretaría operará un sistema de información relativo a la metrología, normalización y evaluación de la conformidad, el cual contendrá, entre otra información, el Catálogo Mexicano de Normas, el listado de los comités consultivos nacionales de normalización, comités técnicos de normalización nacional y comités mexicanos de normas internacionales, entidades de acreditación, personas acreditadas por éstas, organismos nacionales de normalización y personas aprobadas por las dependencias. Título Segundo Metrología Capítulo I Del Sistema General de Unidades de Medida

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (pág. 1) ↗

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