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Ley
REGLAMENTO de la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas
Artículo
1

Artículo 1 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que las reglas que vienen a continuación sirven para aclarar cómo se aplica la Ley Federal de Semillas. Quien se encarga de hacerlas cumplir es la Secretaría de Agricultura (Sagarpa), pero específicamente el Servicio Nacional de Inspección y Certificación de Semillas. Eso no quita que otras dependencias del gobierno federal también puedan intervenir si les toca por su trabajo. En pocas palabras, aquí se definen quién vigila y cómo se aplican las normas sobre semillas.

Texto oficial

Artículo 1.- El presente ordenamiento tiene por objeto reglamentar las disposiciones de la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas. Su aplicación corresponde a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación a través del Servicio Nacional de Inspección y Certificación de Semillas, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a otras dependencias de la Administración Pública Federal.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas (pág. 1) ↗

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