Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LFPCCS/16
Ley
REGLAMENTO de la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas
Artículo
16

Artículo 16 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si mandas una solicitud por correo o mensajería al SNICS, el tiempo que tienen para resolverla empieza a contar desde el día en que ellos la reciben, no desde que tú la mandaste. O sea, no importa cuándo la echaste al correo, sino cuándo les llegó oficialmente a sus oficinas.

Texto oficial

Artículo 16.- Los plazos para la atención de las solicitudes enviadas por correo o servicios de mensajería surten efectos a partir de la fecha en que sean recibidas por el SNICS.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas (pág. 4) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

Artículo 16 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas, explicado | Precedente Legal