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Artículo 25 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría Técnica del Sistema es la encargada de manejar el Sistema de Información. Para que funcione bien, puede pedir ayuda a cualquier empresa o institución del gobierno o privada. El chiste del sistema es juntar información de varias fuentes en una sola base de datos. Así, la autoridad puede tomar mejores decisiones y crear políticas públicas más chidas para el campo.

Texto oficial

Artículo 25.- La operación del Sistema de Información quedará a cargo de la Secretaría Técnica del Sistema pudiéndose auxiliar de cualquier entidad pública o privada que coadyuve al desarrollo eficiente de esta operación. REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE PRODUCCIÓN, CERTIFICACIÓN Y COMERCIO DE SEMILLAS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 02-09-2011 6 de 23 El objeto del Sistema de Información es conformar una red de información integrada por los sujetos descritos en el artículo 2 de la Ley, a efecto de contar con una base de datos interinstitucional que facilite la toma de decisiones por parte de la autoridad y permita el diseño de políticas públicas óptimas para el sector.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

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