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Artículo 100 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La empresa o persona que tiene tus datos debe dejarte verlos si se los pides, pero también puede negarse si tiene una razón válida. Si te niega el acceso, está obligada a explicarte por qué no puede dártelos y a decirte que puedes quejarte ante el Instituto Nacional de Transparencia (INAI) para defender tu derecho. Tú tienes el derecho de saber qué información tienen sobre ti y de exigir que te la muestren. Básicamente, nadie puede ocultarte tus propios datos sin darte una explicación clara.

Texto oficial

Artículo 100. El responsable que niegue el ejercicio de cualquiera de los derechos ARCO deberá justificar su respuesta, así como informar al titular el derecho que le asiste para solicitar el inicio del procedimiento de protección de derechos ante el Instituto. Sección II Del Derecho de Acceso y su Ejercicio Derecho de acceso

Ver ley oficial en el DOF (pág. 25) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.