Artículo 107 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si la cancelación de tus datos personales es aprobada, la empresa o persona responsable de guardarlos debe seguir estos pasos: Primero, tiene que bloquear tu información por un tiempo, solo para revisar si hay alguna responsabilidad legal pendiente (como una multa o un problema legal) hasta que se cumpla el plazo que marca la ley o el contrato. Durante ese bloqueo, deben aplicar medidas de seguridad para proteger tus datos, y hacerlo en un máximo de quince días después de que te hayan respondido que aceptan la cancelación. Cuando termine el plazo del bloqueo, tienen que borrar tus datos de forma definitiva, siempre con las mismas medidas de seguridad. El bloqueo sirve para que no se pierdan pruebas si alguien cometió un error o falta al manejar tu información.
Texto oficial
Artículo 107. De resultar procedente la cancelación, y sin perjuicio de lo establecido en el artículo 32 de la Ley, el responsable deberá: I. Establecer un periodo de bloqueo con el único propósito de determinar posibles responsabilidades en relación con su tratamiento hasta el plazo de prescripción legal o contractual de éstas, y notificarlo al titular o a su representante en la respuesta a la solicitud de cancelación, que se emita dentro del plazo de veinte días que establece el artículo 32 de la Ley; II. Atender las medidas de seguridad adecuadas para el bloqueo; III. Llevar a cabo el bloqueo en el plazo de quince días que establece el artículo 32 de la Ley, y IV. Transcurrido el periodo de bloqueo, llevar a cabo la supresión correspondiente, bajo las medidas de seguridad previamente establecidas por el responsable. Propósitos del bloqueo
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.