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Artículo 29 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que cuando una empresa o persona (el "responsable") consigue tus datos sin que tú se los hayas dado directamente, debe avisarte y decirte cómo los va a usar. Si ya tenían permiso para usar tus datos o los sacaron de una fuente pública (como un directorio telefónico), deben darte ese aviso en la primera oportunidad en que tengan contacto contigo. Pero si quieren usar tus datos para algo diferente a lo que originalmente aceptaste, tienen que informarte ANTES de empezar a usarlos para esa nueva finalidad. Esto aplica también si quieren usar tus datos para hacerte publicidad, ofrecerte productos o investigar qué te gusta comprar.

Texto oficial

Artículo 29. Cuando los datos personales sean obtenidos de manera indirecta del titular, el responsable deberá observar lo siguiente para la puesta a disposición del aviso de privacidad: I. Cuando los datos personales sean tratados para una finalidad prevista en una transferencia consentida o se hayan obtenido de una fuente de acceso público, el aviso de privacidad se deberá dar a conocer en el primer contacto que se tenga con el titular, o II. Cuando el responsable pretenda utilizar los datos para una finalidad distinta a la consentida, es decir, vaya a tener lugar un cambio de finalidad, el aviso de privacidad deberá darse a conocer previo el aprovechamiento de los mismos. Tratamiento para fines mercadotécnicos, publicitarios o de prospección comercial

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.