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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LFPDPPP/59
Ley
REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares
Artículo
59

Artículo 59 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que la persona o empresa que maneja tus datos (el "responsable") puede encargarse de protegerlos ella misma o contratar a alguien más para que lo haga. También establece que hay ciertos factores que se deben considerar para decidir qué tan estrictas deben ser esas medidas de seguridad. Esto significa que no hay una regla única para todos, sino que se toman en cuenta cosas como el tipo de datos que se tienen y los riesgos que puedan existir.

Texto oficial

Artículo 59. Para establecer y mantener de manera efectiva las medidas de seguridad, el responsable podrá desarrollar las funciones de seguridad por sí mismo, o bien, contratar a una persona física o moral para tal fin. Factores para determinar las medidas de seguridad

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (pág. 16) ↗

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