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Ley
REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares
Artículo
66

Artículo 66 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si se te filtran tus datos personales, la empresa o persona que los maneja (el responsable) tiene la obligación de investigar por qué pasó. Después, debe aplicar medidas para arreglar el problema, prevenir que vuelva a suceder y mejorar su seguridad. Todo esto para que no se repita otra vez una situación así.

Texto oficial

Artículo 66. En caso de que ocurra una vulneración a los datos personales, el responsable deberá analizar las causas por las cuales se presentó e implementar las acciones correctivas, preventivas y de mejora para adecuar las medidas de seguridad correspondientes, a efecto de evitar que la vulneración se repita. Capítulo IV De las Transferencias de Datos Personales Sección I Disposiciones Generales Alcance

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (pág. 18) ↗

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