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Ley
REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial
Artículo
109

Artículo 109 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tu marca, aviso comercial o nombre de negocio incluye el nombre de un lugar protegido (como "Tequila" o "Queso Cotija"), al registrarlo tienes que avisar que no te quedas con el derecho de usarlo solo tú. Eso significa que cualquier otra persona o empresa también puede usar ese nombre de lugar, siempre y cuando cumpla con las reglas. Además, el uso de ese nombre protegido siempre debe seguir lo que dice el artículo 268 de la misma ley, que es otra regla aparte.

Texto oficial

Artículo 109.- Cuando una marca, aviso o nombre comercial incluya una denominación de origen o indicación geográfica protegida, la persona solicitante deberá declarar que no se reserva el derecho a su uso exclusivo. El uso de una denominación de origen o indicación geográfica protegida se sujetará en todo caso a lo dispuesto por el artículo 268 de la Ley.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (pág. 20) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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