Artículo 61 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si al revisar a fondo tu solicitud de patente, el Instituto descubre que tu invento usó recursos genéticos o conocimientos tradicionales (como plantas o saberes de comunidades) para poder crearse, y no dijiste de dónde los sacaste (como pide el artículo 60), te van a pedir que corrijas esa falta o des explicaciones. Tendrás dos meses para hacerlo, empezando a contar desde el día hábil después de que recibas la notificación del Instituto.
Texto oficial
Artículo 61.- Si del examen de fondo de la solicitud se desprende que la invención está basada en recursos genéticos o en conocimientos tradicionales asociados a los recursos genéticos, sin los cuales la invención no pudo ser realizada y la persona solicitante no divulgó la información a la que se refiere el artículo 60 de este Reglamento, el Instituto la requerirá para que subsane la omisión en que incurrió o haga las aclaraciones que correspondan dentro del plazo de dos meses al que hace referencia el artículo 111 de la Ley, contado a partir del día hábil siguiente al que surta efectos la notificación.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.