Artículo 208 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 208 dice que, cuando hablamos del presupuesto, la inversión que se financia (como préstamos) no se cuenta como gasto mientras se está construyendo. Para llevar el control de estos compromisos, se usarán cuentas especiales que solo son de registro y no afectan el dinero disponible. La Secretaría de Hacienda decide cómo se deben reportar y dar seguimiento a estos gastos futuros. En corto, es una regla para no desbalancear las finanzas mientras se construye algo.
Texto oficial
Artículo 208. En términos presupuestarios, la inversión financiada no tendrá efecto en el balance primario durante la etapa de construcción, por lo que el registro, seguimiento y reporte del establecimiento de compromisos contingentes se realizará utilizando las cuentas de orden de la entidad que determine la Secretaría.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.