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Artículo 294 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno federal, a través de la Secretaría de Hacienda, debe enviar cada tres meses un reporte a la Cámara de Diputados, pero dividido mes por mes, para que revisen cómo van los ingresos y gastos según lo planeado. También se chequea si las dependencias y entidades están cumpliendo las metas de los programas que ya fueron aprobados. La Secretaría y la Cámara, por medio de sus comisiones normales, hacen las evaluaciones como lo dice el artículo 110 de esta ley. Ese informe trimestral se entrega a la Cámara a más tardar 30 días después de que termina el trimestre, usando la información que cada dependencia reporta en los sistemas.

Texto oficial

Artículo 294. El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría, remitirá a la Cámara de Diputados, con desglose mensual, los informes trimestrales para la evaluación económica de los ingresos y egresos en función de los calendarios y presupuestos de las dependencias y entidades, y de las metas de los programas aprobados. La Secretaría y la Cámara de Diputados, por conducto de las Comisiones Ordinarias, realizarán las evaluaciones correspondientes, en los términos del primer párrafo del artículo 110 de la Ley. Los informes trimestrales, con base en la información que las dependencias y entidades reporten a través de los distintos sistemas de información disponibles, serán entregados a la Cámara de Diputados a más tardar a los 30 días naturales del mes posterior al trimestre que se reporte. Artículo reformado DOF 04-09-2009

Ver ley oficial en el DOF (pág. 130) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.