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Artículo 59 Bis del REGLAMENTO de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría (de Hacienda) debe incluir, en el proyecto de presupuesto del gobierno, cuánto dinero planean gastar y ganar las empresas del Estado (como Pemex o CFE) y el límite de lo que pueden pagar a sus empleados. También debe incluir el presupuesto total de esas empresas, junto con el de sus subsidiarias (sus empresas más pequeñas). Todo esto se hace siguiendo las leyes que crearon a cada una de esas empresas.

Texto oficial

Artículo 59 Bis. La Secretaría incluirá en el proyecto de Decreto de Presupuesto de Egresos, la propuesta de meta de balance financiero y de techo de servicios personales de las empresas productivas del Estado, incluyendo sus respectivas empresas productivas subsidiarias, en los términos de lo dispuesto en las respectivas leyes de su creación. Asimismo, en los términos de dichas disposiciones, la Secretaría incluirá en el proyecto de Presupuesto de Egresos, el respectivo proyecto de presupuesto consolidado de dichas empresas productivas del Estado. Artículo adicionado DOF 31-10-2014

Ver ley oficial en el DOF (pág. 45) ↗

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