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Artículo 137 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para saber de dónde vienen y a dónde van los animales o productos de origen animal (como carne o leche), el gobierno va a crear un sistema de seguimiento. Este sistema servirá para detectar enfermedades o plagas, y para que México pueda demostrar que ciertas zonas están libres de esos problemas. También incluirá medidas del artículo 89 de la Ley, como la identificación de los animales, su producción y todo el camino que recorre la comida. Todo esto es para asegurar que los animales estén sanos y que los productos sean seguros y de buena calidad.

Texto oficial

Artículo 137. Con fines de regionalización, compartimentación, análisis e investigación epidemiológica y reconocimiento internacional de zonas libres de enfermedades y plagas, la Secretaría establecerá la regulación y operación de los sistemas de trazabilidad de mercancías reguladas que se movilicen dentro del territorio nacional. Dicho sistema deberá incluir lo dispuesto en el artículo 89 de la Ley, así como la identificación, producción animal y la cadena alimentaria a fin de garantizar la seguridad de la sanidad animal, inocuidad y calidad de los bienes de origen animal.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 39) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.