Artículo 181 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los negocios que hagan, importen, exporten, mezclen o vendan materias primas cubiertas por esta ley tienen la obligación de tener un médico veterinario a cargo, que esté autorizado para trabajar en esa área. Eso significa que el veterinario debe tener permiso oficial para supervisar lo que se hace ahí. En pocas palabras, no pueden operar sin un especialista en animales que sea el responsable.
Texto oficial
Artículo 181. Los establecimientos dedicados a la elaboración, importación, exportación, formulación y comercialización de materias primas sujetas a este Capítulo, deberán contar con un médico veterinario responsable autorizado en el área correspondiente.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.