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Ley
REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal
Artículo
181

Artículo 181 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los negocios que hagan, importen, exporten, mezclen o vendan materias primas cubiertas por esta ley tienen la obligación de tener un médico veterinario a cargo, que esté autorizado para trabajar en esa área. Eso significa que el veterinario debe tener permiso oficial para supervisar lo que se hace ahí. En pocas palabras, no pueden operar sin un especialista en animales que sea el responsable.

Texto oficial

Artículo 181. Los establecimientos dedicados a la elaboración, importación, exportación, formulación y comercialización de materias primas sujetas a este Capítulo, deberán contar con un médico veterinario responsable autorizado en el área correspondiente.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal (pág. 53) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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