Artículo 201 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que ciertos negocios o establecimientos pueden pedir permiso a la Secretaría de Agricultura para convertirse en puntos oficiales de revisión de animales o productos de animales que entran a México. Estos lugares serían como puestos de control donde se inspecciona que todo esté sano y cumpla con las reglas sanitarias. El permiso solo aplica para negocios que ya están registrados en la ley, como rastros o centros de acopio. Si la Secretaría autoriza, ese negocio puede hacer revisiones de importación en lugar de que las haga solo el gobierno.
Texto oficial
Artículo 201. Con fundamento en el artículo 47 y para los efectos del artículo 110 de la Ley, las personas físicas o morales encargadas de los establecimientos a los que se refiere el artículo 105, fracción XII del referido ordenamiento, podrán ser autorizados dentro del territorio nacional por la Secretaría como Puntos de Verificación e Inspección Zoosanitarios para importación. REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE SANIDAD ANIMAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 21-05-2012 56 de 91
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