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Artículo 208 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tu negocio cambia algo que ya le habías informado a la Secretaría al abrirlo, o si decides cerrarlo, tienes que avisarles en un plazo de 30 días hábiles (sin contar sábados, domingos ni días festivos) contados a partir del día siguiente a cuando ocurra el cambio. Es decir, si modificas las características con las que registraste tu funcionamiento o cierras el local, no te tardes más de un mes en dar el aviso.

Texto oficial

Artículo 208. Cuando el establecimiento modifique algunas de las características que dieron origen al aviso de inicio de funcionamiento o autorización o dé por terminadas sus actividades, deberá comunicarlo a la Secretaría en un plazo no mayor de treinta días hábiles a partir del día hábil siguiente en que se concrete cualquier modificación.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 57) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.