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Artículo 219 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si un matadero o planta con certificación TIF deja de funcionar por más de seis meses sin avisarle a la Secretaría, esa dependencia puede quitarle el certificado por no estar activo. Básicamente, si cierran sin permiso por medio año, corren el riesgo de perder la certificación. La Secretaría puede empezar los trámites para revocarla. Es como si te quedas sin trabajar mucho tiempo sin avisar, te pueden quitar tu acreditación.

Texto oficial

Artículo 219. Cuando el establecimiento TIF deje de tener actividades por más de seis meses sin autorización de la Secretaría, ésta podrá iniciar los procedimientos tendientes a revocar la Certificación TIF por inactividad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 60) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.