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Artículo 229 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría va a decidir cómo y con qué métodos se deben capacitar a los veterinarios del gobierno, a los especialistas externos y a los médicos responsables autorizados, según lo que necesite el Sistema TIF y los nuevos avances tecnológicos. Esto es para que estén bien entrenados y actualizados en su trabajo.

Texto oficial

Artículo 229. La Secretaría determinará los sistemas, métodos, procedimientos de entrenamiento y capacitación que deben recibir los médicos veterinarios oficiales, terceros especialistas y médicos veterinarios responsables autorizados de acuerdo a las necesidades del Sistema TIF y avances tecnológicos inherentes al mismo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 61) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.