Artículo 236 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que los veterinarios autorizados deben dar dos tipos de servicios. Primero, **asesoría**: te orientan y revisan que cumplas con las reglas de sanidad animal y buenas prácticas en granjas, fábricas de alimentos para animales, almacenes o laboratorios. Segundo, **servicios de diagnóstico**: los laboratorios autorizados pueden hacer pruebas para confirmar enfermedades en animales. Todo esto es para prevenir, controlar o eliminar plagas y enfermedades que afecten a los animales, y también para evitar que se contamine la comida de origen animal o los productos para animales.
Texto oficial
Artículo 236. Los servicios veterinarios señalados en la fracción I del artículo 112 de la Ley, se proporcionarán en los siguientes términos: a) Asesoría: Los médicos veterinarios responsables autorizados orientarán y garantizarán el cumplimiento de las disposiciones de sanidad animal o de buenas prácticas pecuarias y de manufactura que se lleven a cabo en las unidades de producción, en los establecimientos que llevan a cabo la elaboración, formulación, almacenamiento, comercialización o importación de productos para uso o consumo animal, laboratorios u otros establecimientos previstos en las disposiciones legales aplicables, y REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE SANIDAD ANIMAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 21-05-2012 63 de 91 b) Servicios: Los laboratorios autorizados prestarán servicio de diagnóstico y constatación a unidades de producción, establecimientos que llevan a cabo la elaboración, formulación, almacenamiento, comercialización o importación de productos para uso o consumo animal, u otros establecimientos previstos en las disposiciones legales aplicables. Lo anterior con la finalidad de prevenir, controlar o erradicar plagas y enfermedades que afecten a los animales, así como reducir riesgos de contaminación en la producción primaria o en el procesamiento de bienes de origen animal o en productos para uso o consumo animal.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.